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Resumen: El librero asturiano Antonio Miyar, editor de catálogos bibliográficos, publica en 1821 un periódico de librería, en el que subordina el carácter técnico de la bibliografía a la consecución de un objetivo político, el triunfo del liberalismo. Responsable intelectual de la inequívoca línea ideológica que rige la publicación, elige temas y títulos en función de su contenido, siempre favorable a la revolución burguesa, divulgando la ideología liberal por toda España.
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Escribe José Fernández Sánchez[i] que al librero Miyar se le recuerda más por su trágica muerte que por los boletines bibliográficos que editó. Triste sino el suyo, pues no es recordado como librero, ni como mártir del liberalismo español, nada extraño, si destacadas figuras del siglo XIX, y que con él gozaron en vida de merecida fama, como Riego, Torrijos o el bibliófilo Gallardo, y tantos otros, hoy apenas son conocidos en ámbitos distintos de los académicos[ii].
El asturiano Antonio Miyar Otero (Corao, 1794) en cuanto librero, debe ser considerado madrileño, pues es en la Villa y Corte donde ejerció, por breve tiempo, su oficio. Junto con un ignoto Cruz reabre, hacia 1820, la extinguida librería de Alverá, en una nueva razón social: “Cruz y Miyar”. Fuertemente implicado en los acontecimientos políticos del Trienio liberal, como miliciano nacional y regidor del Ayuntamiento Constitucional de Madrid, hubo de exiliarse en Francia, tras la entrada en España de los Cien mil Hijos de San Luis.
Autorizado a regresar en el año 1826, concentrará sus esfuerzos en el resurgimiento de la librería, editando un Catálogo general de la librería de Antonio Miyar en 1829 [iii]. La noche del 17 de marzo de 1831, hallándose casualmente en casa del ingeniero Agustín Marcoartu, la policía registra el domicilio para apresar a éste, quien pudo huir. Detenido Miyar en esta diligencia, se le considera cómplice de una conspiración política contra Fernando VII. Juzgado y condenado a morir en la horca, “por revolucionario”, se ejecuta la sentencia en la plaza de la Cebada de Madrid, el día 11 de abril de dicho año.
Apenas ocho años estuvo al frente de su establecimiento, mas fue tiempo suficiente para labrarse una merecida fama de librero instruido y amante de su profesión. La actividad pública que desarrolló y las circunstancias que motivaron su muerte, nos incitan a conocer sus convicciones. Careciendo de escritos suyos, mediante este periódico de librería por él editado, intentaremos aprehender su pensamiento.
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Diecisiete ediciones de Pan y toros [iv] habían sido impresas antes de la publicación de la Bibliografía Nacional y Estrangera[v] en el año 1821. El folleto, editado por primera vez en Madrid en el año 1812, es un libelo político que abre, de modo significativo, el primer número del periódico, no sólo por estar en aquella época atribuida su autoría a Gaspar Melchor de Jovellanos, sino por ser una diatriba contra las costumbres y gobierno de los españoles, sumidos en la ignorancia, el fanatismo y la corrupción política. Como contrapunto a esta situación, en los trece números del periódico bibliográfico editado por Antonio Miyar, se manifiesta la pasión por la libertad, la justicia y la igualdad, principios del derecho natural, que confluyen en la concepción del pacto o contrato social, como modo de organizar la vida en comunidad, junto con un evidente empeño en utilizar la educación como instrumento para el progreso de la condición humana.
Anuncios, prospectos y catálogos de libreros son en España, a principios del siglo XIX, habituales. Más raros, como periódicos de librería anteriores a la Bibliografía Nacional y Estrangera, Rodríguez Moñino[vi] tan solo anota los siguientes: la Biblioteca periódica anual para utilidad de libreros y literatos (Madrid, 1784-1797), el Inventario de las ciencias o biblioteca mensual que manifiesta las producciones de la literatura española (Madrid, 1788), el Almanak literario (Madrid, 1804-1807), y la Minerva o el Revisor general (Madrid, 1805-1818). Estos periódicos, que intensifican la comunicación y dan un notable impulso al conocimiento de la producción reciente, facilitando la difusión de los libros al conjugar periodicidad y oportunidad de la información, se multiplicaron rápidamente por Europa, herederos del éxito obtenido por Le Journal des Sçavans, el precursor de todos ellos, en cuyo primer número, aparecido en París el 5 de enero de 1665, figura una introducción donde su editor, Dennis Sallo, “declara que desea proporcionar un servicio útil a aquellos que están dispuestos a adquirir libros, pero que no los adquirirían sin conocer primero su contenido.” El objetivo es dar una información bastante amplia para poder proporcionar los elementos necesarios para una elección “y no nos contentaremos con citar meros títulos, diremos además de qué tratan y en qué pueden ser útiles.” Luigi Balsamo sitúa aquí el nacimiento de los estrait o “breve resumen”, antecedentes de los actuales abstracts del área anglosajona, “que no era aún la auténtica reseña, en cuanto que con ella se quería sólo dar cuenta de los aspectos esenciales y más significativos de un libro con imparcialidad, esto es, sin querer defender, pero también sin la intención de combatir las opiniones de los autores.” [vii]
Imparcialidad que en la Bibliografía Nacional y Estrangera no existe, pues Antonio Miyar fue, antes que nada, un hombre comprometido con su ideología política, expuesta con manifiesta rotundidad desde la primera ficha catalográfica. Llegado el momento, defenderá con las armas el gobierno constitucional, pero entre tanto, contribuirá desde su profesión a la divulgación de las ideas de progreso que permitan la reforma de la España absolutista. Fernández Sánchez apunta la preferencia de Miyar por las obras de contenido político y añade que algunas descripciones, que estima bastante arbitrarias, “van acompañadas de juicios que revelan, más que el contenido propio de la obra descrita, la manera de pensar del bibliógrafo.” [viii] La aparente arbitrariedad de las descripciones, queda explicada por tener la elección de los títulos una clara intencionalidad política, que transciende el mero comercio de libros. La bibliografía, “como uno de los campos de actividad del complejo sistema de comunicación social”, no es sólo una técnica, sino que “muestra su naturaleza subordinada de instrumento dispuesto para la consecución de unos objetivos determinados” [ix], en este caso políticos. Pese a no poder atribuir a Miyar la autoría de las descripciones, pues no van firmadas, es, en cuanto editor, responsable intelectual de la inequívoca línea ideológica que rige la publicación.
Si la primera obra descrita acarrea una poderosa carga simbólica, no es menor la significación del último título, el periódico La Antorcha Española, al que están dedicadas las postreras siete páginas del decimotercer número de la Bibliografía Nacional y Estrangera. Su objeto es defender la libertad y las leyes constitucionales, “en cuya publicación conocen los editores todas las dificultades que tiene que vencer, así como su importancia e influjo en la opinión pública”, exclamando, “¡Ojalá que así como se han abstenido de hacer el panegírico de sus calidades y opiniones, acierten también a llenar la medida de sus deseos y de sus esperanzas!” [p. 307]. Se suscribe, entre otros lugares, en las librerías de Cruz y Miyar.
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Guía la línea editorial de la Bibliografía Nacional y Estrangera, el conjunto de doctrinas filosóficas y políticas, difundidas con fuerza en el norte de Europa a finales del siglo XVIII, conocido como iusnaturalismo racionalista, formulado en obras como las de Emer de Vattel, El Derecho de gentes, o los principios de la ley natural, aplicado a la conducta y a los negocios de las naciones y de los soberanos (Londres, 1758), o de Jean Jacques Burlamaqui, Elementos del derecho natural (Ginebra, 1747) que si bien no son reseñadas en la Bibliografía, fueron editadas por Antonio Miyar[x]. Breves y reiteradas pinceladas aludiendo al derecho natural o de gentes, o la mera presencia de títulos representativos, fundamentan este parecer. Así, encontramos Julia o la nueva Eloisa o cartas de dos amantes habitantes de una ciudad pequeña al pie de los Alpes, Emilio o de la educación, El contrato social o principios del derecho político, o el Suplemento al Contrato social de Jean Jacques Rousseau o los Elementos de legislación natural destinados al uso de los discípulos de la escuela central del Panteón, de Jean André Perreau. La descripción de la obra de Gaetano Filangieri, La ciencia de la Legislación, ilustra este aserto:
El objeto de esta obra… es reunir en un cuerpo de leyes las grandes verdades morales de que somos deudores al talento y firmeza de algunos filósofos antiguos y modernos; enlazarlas o distribuirlas con método, y disipar por este medio todas las dudas que pudieran oscurecer los derechos del hombre; combatir los principios destructivos del orden social, sin respetar el error o el crimen que los estableció, la ignorancia o la debilidad que los defendió, ni los intereses particulares y las preocupaciones de todas clases que los sostienen todavía en muchos imperios; en una palabra, ilustrar la conciencia pública sobre las leyes de la naturaleza, y manifestar a los hombres el orden inmutable y sencillo de las relaciones morales que los unen por medio de sus necesidades recíprocas, como con una cadena universal… [p. 224]
El derecho público o la teorización sobre las formas de gobierno, de absoluta actualidad en el recién inaugurado Trienio Liberal, reciben especial atención, con extensas reseñas de los diversos títulos descritos. Así, de la obra De la Autoridad Real, según las leyes divinas reveladas, las leyes naturales y la carta constitucional, escrita por Mr. De la Serve, leemos:
Anunciamos con singular placer la suscripción de una obra que no puede dejar de llamar la atención del público, especialmente de los amigos de la humanidad y del sistema constitucional, por la importancia, delicadeza e interés de las cuestiones de derecho público general que en ella se tratan.
En la época en que toda la Europa se halla empeñada en la más terrible lucha entre las ideas liberales y las de los siglos de ignorancia y de barbarie, entre la cruel superstición y la dulce y tolerante ilustración, entre la justa y racional libertad, y la más dura y pesada esclavitud, vemos a un insigne y erudito abogado presentar a la faz del mundo los verdaderos derechos de las naciones y de los reyes; el origen, fundamentos y límites de la autoridad real, y el fin de esta institución que no fue otro por cierto que para felicidad de los pueblos, pues que es bien sabido que un rey en calidad de tal no gobierna ni administra sus propios negocios, sino los de la nación en quien es el primer jefe, el primer magistrado, el supremo encargado del poder ejecutivo, siendo una verdad palpable lo que dice el célebre y virtuoso Masillon: que los reyes son hechos para los pueblos, y no los pueblos para los reyes.
La justa idea que hemos formado de la obra que anunciamos, hace creer la utilidad de su publicación, y nos hace esperar los felices resultados de su extensión en favor de las ideas liberales, y para tener el más exacto conocimiento de lo que es el oficio de Rey, y lo que también es una monarquía constitucional, sobre lo que es muy poco lo publicado hasta ahora en nuestro idioma. [pp. 40-42]
Este conjunto doctrinal que citamos, al ser aplicado a la realidad española de principios del siglo XIX, lastrada por la cruenta guerra contra los franceses, confluye en una formulación de Flórez Estrada: “Los españoles se hallan sin Constitución, y, de consiguiente, sin libertad y sin patria.” [xi] Constitución de la que se dotarán en 1812, luego caída, pero repuesta en su vigor con el alzamiento de Rafael del Riego en las Cabezas de San Juan, el 1 de enero de 1820. Pieza clave de la nueva estructura social que el liberalismo anhela, debe ser dada a conocer, para que pueda ser amada por todos, como instrumento para lograr la aspiración liberal de alcanzar una sociedad feliz. Es preciso educar a la nación en lo político, con el “laudable objeto de propagar entre las clases más pobres de la sociedad, los conocimientos constitucionales” [p. 219], con obras como Arte de pensar y de obrar bien, o filosofía racional y moral, “en que se declara sencilla y brevemente el orden de los pensamientos del hombre y de sus acciones, con arreglo al derecho natural, civil y de gentes; con cuyo conocimiento se adquirirán los principios necesarios para entender la Constitución política.” [p. 301] Sin que se sustraiga nadie a esta tarea divulgadora:
¡Bellas españolas! A vosotras se dirige nuestra joven traductora: cree y con razón que vuestra influencia doméstica puede contribuir en gran manera a extender y abrazar, y consolidar el sistema constitucional que tan felizmente nos gobierna: convenceos de su utilidad y ventajas y ejercer vuestro dulce y saludable influjo. [p. 77]
Pero son los miembros más jóvenes de la sociedad, quienes han de recibir la adecuada educación, “para dirigir el tierno corazón de la juventud a la práctica de las virtudes morales y al cumplimiento de los deberes que algún día debe desempeñar en la sociedad.” [p. 215] Educación en lo civil, mediante obras como El Catón Constitucional:
Esta obrita… se dirige a aguzar su ingenio [el de los niños], excitar vivamente su curiosidad y llevarles de idea en idea, de escalón en escalón, y de lo sencillo a lo compuesto, hasta hacerles comprender las combinaciones más delicadas de la política tocante a las bases fundamentales del gobierno constitucional. Se empieza por dar una idea clara de la sociabilidad del hombre, fundada en su naturafísica, se hace ver la necesidad de vivir reunidos en familias y el progreso natural que han debido tener estas hasta formar pueblos, provincias y naciones, se explica lo que es el gobierno paternal o familiar, el concejal o de ayuntamientos, el provincial y el general o supremo; se manifiestan los derechos y obligaciones recíprocas de todas las clases de ciudadanos así como las de los gobernantes y gobernados; se demuestran las ventajas de la práctica de las principales virtudes sociales; se hace entender la suma importancia de la división de poderes y la excelencia del sistema constitucional sobre todos los demás y en una palabra se analiza delicadamente lo más esencial de la Constitución… [p. 75]
Y también en lo religioso, pues para atajar la oposición clerical a las necesarias reformas sociales, políticas y económicas impulsadas desde el gobierno liberal, se precisa una nueva religiosidad. Así, de la obra “El niño instruido por la divina palabra en los principios de la religión, de la moral y de la sociedad, se escribe:
Nada más digno de la atención de los padres que la educación de los hijos, pues sin ella es imposible que lleguen a ser útiles en la sociedad, y esto es lo que recomienda esta obra, en la que reuniendo todas las máximas que Dios ha revelado en los libros santos se enseña a la niñez cuanto necesita para la vida espiritual, racional y civil, disponiéndola para adquirir otras nociones que le hagan conocer sus obligaciones, para con Dios, para consigo mismo y para con sus semejantes, en cuyo cumplimiento existe únicamente la real y verdadera felicidad que se puede apetecer. [pp. 283-284]
No es vano el empeño, la cuestión religiosa constituye un problema fundamental en el gobierno de España que está, como escribe Artola Gallego, “en íntima conexión con las cuestiones económicas y financieras.” [xii] En las cinco páginas que el editor dedica a comentar el Tratado de la regalía de amortización, donde el Conde de Campomanes analiza los perjuicios que causan a la economía de España los bienes amortizados, hallamos una muestra más de proselitismo político y de la necesaria implicación de todos los liberales en la defensa del régimen constitucional, patente en la edición de este tratado[xiii], cuyo “único objeto” es
El cooperar a la ilustración del heroico pueblo español sobre una materia tan importante en todos tiempos, y en especial en el día en que ha llegado a su colmo la necesidad de romper los grillos que tienen perpetuamente encadenada a los cuerpos eclesiásticos y demás manos muertas casi toda la propiedad territorial española y la autoridad que para ello tiene la nación. [p. 242]
Y no se oculta, la necesidad de atajar el daño de las adquisiciones ilimitadas por instituciones que no pueden vender las tierras a ellas vinculadas:
Los males que de tiempos antiguos oprimen a la infeliz España, y que en esta última época la pusieron al borde de su precipicio han puesto en la dura y sensible precisión a los representantes de la nación y al gobierno de acudir al único remedio que le restaba para repararlos en algún tanto, esto es, de echar mano de los bienes que con tanta largueza había la misma nación en otros tiempos dotado y enriquecido a los monasterios e iglesias de España; aunque sin perjuicio de lo necesario para la conservación del culto de la religión católica, que según la ley fundamental de la monarquía es y será para siempre la de los españoles, y de la decente manutención de los sacerdotes. No ha sido este solo el objeto de valerse de estos bienes, sino también el ponerlos en circulación; porque estando casi todo el suelo de España en poder de comunidades, iglesias, monasterios, lugares píos, grandes, títulos y caballeros, es imposible que pudiese prosperar su agricultura sin que se obstruyera o cerrara el espantoso abismo que iba a tragar con el tiempo con dicha propiedad territorial a la nación entera, y sin que se restituyese la libertad a unos bienes que la ignorancia, el orgullo y el fanatismo habían substraído del comercio y circulación del estado. [pp. 239-240]
Remedio legislativo, pues las Cortes constitucionales habían promulgado el 27 de septiembre de 1820 una ley que suprimía los mayorazgos y vinculaciones, y el 11 de diciembre del mismo año una verdadera ley de desvinculación de los bienes de la Iglesia, en lo que son los inicios de la desamortización eclesiástica. Leyes fuertemente combatidas, en cuya defensa se acude:
A pesar de que con la simultánea anulación de los vínculos y mayorazgos se ha visto que sólo la prosperidad nacional pudo ser el objeto de las Cortes y del gobierno poniendo en circulación y restituyendo su natural libertad a los bienes de los monasterios; con todo no faltan hombres que por ignorancia o por malicia procuran sostener y difundir entre la clase menos instruida, que por desgracia es la más numerosa, que estas disposiciones solo se dirigen a destruir la religión, y que ni las Cortes ni el Rey tiene facultad sin la concurrencia de los Pontífices romanos para disponer de los bienes raíces de las iglesias. [pp. 240-241]
Esta alusión a Roma, manifiesta otra cuestión de no menor relevancia y preocupación, como es la injerencia de la Curia romana en los asuntos del Estado español, así en la reseña del folleto Cuestiones importantes, leemos:
La curia romana ha infringido el derecho natural de gentes. Si esta curia se funda en que España es propiedad suya, se funda en un error capital, histórico y político, del cual se seguirían los mayores absurdos y males. [p. 21]
Prolijo sería enumerar los títulos que en el periódico aparecen dedicados a temas religiosos, pero no puedo dejar sin mencionar algunos otros. Así, el Dictamen de la comisión eclesiástica de las Cortes sobre que no se exporte dinero para Roma, con motivo de la impetración de bulas, dispensas y demás gracias apostólicas [p. 49], donde se considera el quebranto económico que los usos de la iglesia católica ocasionan en la riqueza nacional, el Juicio histórico-canónico-político de la autoridad de las naciones en los bienes eclesiásticos; o disertación sobre la pertenencia de su dominio, según el espíritu invariable de la iglesia, y los principios inconcusos del derecho público [p. 83], y la Demostración teológica, canónica e histórica del derecho de los metropolitanos de Portugal para confirmar y mandar consagrar los obispos sufraganeos [pp. 89-90], suscripción de la librería de Cruz y Miyar, en la que osadamente se considera este derecho aún en el caso de rompimiento con Roma, títulos todos en relación con la intromisión anteriormente expuesta.
Explícita resulta la Crónica religiosa, periódico que se suscribe en la librería de Cruz y Miyar, de venta en toda España e incluso en Francia. Lo imprime Antonio Fernández, impresor de la Bibliografía Nacional y Estrangera, y en el prospecto, publicado en ésta, se nos aclara su contenido:
La explicación de aquellos puntos de disciplina eclesiástica en que las opiniones ultramontanas han aspirado a extraviar la creencia y a corromper las sanas doctrinas. [p. 289]
Y además,
Los editores de este papel no se esmerarán en prometer sino en cumplir. Adhesión inviolable a todo lo que emana directamente del evangelio y de la traducción más pura, odio eterno a las usurpaciones modernas, guerra abierta al ultramontanismo, al fanatismo, y a la superstición, tales son los principios que los dirigen.” Tiene como objeto “todo lo que pueda cooperar a preparar los espíritus y disponer la opinión a recibir sin escrúpulo cuantas mejoras y reformas exijan el progreso de las luces y las necesidades de la civilización. [pp. 289-290]
La revolución burguesa, y la nueva estructura que impone, ha de alcanzar a todos y cada uno de los campos de la actividad social. Hemos analizado los principios que fundamentan el nuevo orden, la necesidad de difundirlos mediante la enseñanza y la precisa adecuación del estamento religioso a los mismos. En este periódico, abundan las obras dedicadas a la economía, suprema preocupación de la burguesía liberal, que ve en peligro su riqueza, comprometida por el riesgo de quiebra del Crédito público; a la medicina, como la suscripción al Periódico de la Sociedad médico-quirúrgica de Cádiz, al que en elogiosa reseña se coloca primero en el escalafón de cuantos escritos de su especie se han publicado hasta entonces, y a otras disciplinas que comparten una benéfica aportación al progreso cultural y material de la sociedad.
Indispensable en el mantenimiento del edificio liberal, la justicia, pilar básico, también recibe amplio tratamiento en la Bibliografía. Una publicación de la periferia española, el periódico El fiscal de los jueces, editado en La Coruña por José Martínez Cardeza, merece la generosa consideración de los editores que le reservan siete páginas del décimo número. El editor Cardeza se erige, en cuanto ciudadano, en vigilante del cumplimiento de la recta administración de justicia, “obligación sagrada”. Reputa el poder judicial como el más formidable, el más terrible de entre todos los poderes que distingue la Constitución española, y por ejercer sus funciones con independencia casi absoluta debe ser investigado.
Este poder, ¡Oh ciudadanos! depositado en manos de hombres iguales a nosotros es el mismo, cuyas operaciones me propongo fiscalizar, bien persuadido de los muchos y loables efectos, que de esta empresa reportará sin duda el pueblo todo en general, y los ciudadanos en particular. [pp. 255-256]
Pues,
¡Cuántas veces el influjo de la autoridad sobre los juicios violentó la opinión, y empleó contra la inocencia una aparente justicia, ocultándose tras de la misma ley para herir las víctimas con su fiera y sangrienta espada! ¡Infeliz… miserable pueblo… el que llega a verse en situación tan lamentable! [p. 254]
Tristemente, el propio Miyar padecerá, años después, esta arbitrariedad judicial, costándole la vida. Con el propósito de instruir a los diversos órganos jurisdiccionales, en especial a los alcaldes constitucionales, proliferan en el catálogo títulos tales como: Formulario de los juicios de conciliación, retención de efectos y demás en que los alcaldes constitucionales pueden tomar providencias provisionales, con arreglo al decreto 201 de 9 de octubre de 1812, o sea reglamento de las audiencias y juzgados de primera instancia, o Dirección Teórico Práctica de Alcaldes Constitucionales, que contiene las obligaciones del Alcalde constitucional, su jurisdicción económica, contenciosa y voluntaria, indicando las diferencias con los alcaldes del anterior gobierno, “para conocer en qué consiste la mudanza en el actual sistema.” También, la Cartilla Forense, o continuación del catecismo político constitucional, “diálogo donde se comprende lo dispuesto en el decreto de 9 de octubre de 1812, y otros expedidos por las Cortes generales y extraordinarias, sobre arreglo de los tribunales de las provincias, a saber: audiencias, jueces de primera instancia y alcaldes constitucionales. [pp. 74-75]
Salpican las páginas del periódico, abundantes obras de contenido militar. No ha de extrañarnos, la patria y el liberalismo se protegen con las armas y su principal instrumento de lucha es la Milicia. La sección de suscripciones, indicador privilegiado del pensamiento del editor, miliciano del primer batallón de la Milicia Nacional de Madrid, presenta en el undécimo número, el Diccionario militar castellano con sus correspondientes voces francesas, al que dedica nada menos que cinco páginas. En su descripción escribe:
En ningún tiempo ha sido más necesario que en el presente el conocimiento del arte de la guerra. Los acontecimientos de los últimos cuarenta años demasiado han acreditado esta triste verdad: esperar a instruirse cuando se está ya con las armas en la mano es dar al enemigo una superioridad incalculable, y además muy difícil de conseguir entre el estrépito de los combates. [p. 272]
El recuerdo de sucesos pasados, abre camino al temor que infunde un dudoso futuro,
Desgracia es por cierto que las naciones, olvidándose de la justicia y respetos que mutuamente se deben, se acometan frecuentemente unas a otras; pero pues no hay más remedio contra las agresiones injustas que la justa defensa, conviene prevenirse de antemano con los medios competentes para resistir, cuando llegue el caso, el torrente de desolación que pueda amenazarnos: vencer al invasor que quiera destruirnos; y minorando cuanto sea posible los males que la ambición acarrea, erigir sobre los cadáveres de sus mismos fautores el trono de la tranquila paz, madre de todos los bienes. [p. 273]
Primordial en la labor proselitista que Antonio Miyar emprende a través de la Bibliografía, es la más amplia difusión del periódico, que traslade a toda la geografía nacional, el naciente y progresista impulso del gobierno liberal. A los cuarenta y nueve establecimientos dedicados a la venta de libros y estampas en Madrid, hemos de agregar otros sesenta y seis dispersos por toda la geografía nacional, cuya distribución observamos en el mapa adjunto. Se advierte la fecunda actividad desarrollada, en contacto con libreros de treinta y cuatro ciudades, las más importantes del reino, quince de ellas situadas en el norte de España, y las diecinueve restantes, al sur de Madrid y en el litoral mediterráneo. El aparente equilibrio territorial norte-sur, se difumina al comprobar que sólo veinte librerías, menos de un tercio del total, se hallan establecidas en el norte peninsular. Desborda el objeto de este estudio, dilucidar las causas de este reparto, pero entiendo que se debe a dos factores: la mayor presencia del movimiento liberal en tierras andaluzas y del litoral mediterráneo, facilitando los contactos, y un menor peso del comercio libresco en el norte de España. Al carecer del dato de la tirada, tampoco podemos calibrar debidamente los resultados del enorme esfuerzo que implicó ponerse en comunicación con tantos colegas, pero la difusión no se debió corresponder con las expectativas iniciales, pues el boletín no salió los miércoles, como se pretendía, ni duró mucho. Precedió, sin embargo, a La Bibliografía Española, otro periódico de librería editado por Miyar, en el año 1822, que en palabras de Rodríguez Moñino es “dificilísimo de encontrar hoy” [xiv] y del que no conozco ejemplar alguno.
Al repasar la variedad de materias tratadas en la Bibliografía Nacional y Estrangera, descubrimos las preocupaciones de la burguesía española, en el marco de la crisis de las instituciones del Antiguo Régimen. Antonio Miyar, es un liberal que participa en la transformación de su patria desde la trinchera burguesa, y como miembro de esta clase, firmemente decidido a asumir el poder económico y político del país. De su liberalismo sabemos por su biografía, con el análisis de este periódico, del que es responsable intelectual, hemos querido adentrarnos en su pensamiento, y hemos hallado a un hijo de su tiempo, posicionado de modo radical frente al atraso de España y que coopera activamente, desde la primera línea, en la revolución burguesa. Su trágica muerte privó a la bibliografía española de un entusiasta valedor, que indudablemente hubiera protagonizado otras páginas de su historia.
Francisco José Pantín Fernández
Título: BIBLIOGRAFÍA NACIONAL Y ESTRANGERA O PERIÓDICO GENERAL DE IMPRENTA Y LIBRERÍA.
Editores: N. Cruz y Antonio Miyar Otero. Impresores: Imprenta de Antonio Fernández. Imprenta de Brugada, situada en la calle del Olivar (sólo números 2 y 3). Duración: Desde el 4 de agosto de 1821 al 27 de octubre del mismo año. Un trimestre. Periodicidad: Semanal, se publicaba los sábados. «Si el número de suscriptores corresponde con nuestras ideas se ampliará este periódico con un pequeño análisis de algunas de las obras que se publiquen tanto españolas como extranjeras, siempre que estas lo mereciesen, desde cuya época saldrá a luz los miércoles y sábados, avisando antes la variación que puede haber en el precio, que será sumamente equitativa.» La suscripción no se correspondió con las ideas de los editores y el boletín se publicó sólo los sábados. Formato y número de páginas: 21 x 13. 16 páginas. Paginación correlativa desde el primer boletín hasta el último; hay un salto en dicha paginación en el número 8 cuando se pasa de la página 112 a la 213. Concluye en la página 308, pero reales son 208. Precio de suscripción: 4 reales mensuales en Madrid, 12 reales por trimestre para las provincias, en el número segundo se anuncia a los suscriptores de provincias el resultado de las gestiones llevadas a cabo para abaratar los portes fruto de las cuales recibirán los números francos de porte con el aumento de 2 reales mensuales, quedando la suscripción trimestral en 18 reales (así se recoge ya en la portada del número 4) y 48 reales por año para el extranjero. Los números sueltos se venden en las librerías de Cruz y Miyar, frente a las gradas de San Felipe y calle del Príncipe número 2, a real. Precio de los anuncios: Gratuitos. Secciones: Libros españoles (siempre en primer lugar); Suscripciones (después de los libros españoles, excepto en el número 12 en el que la antecede el libro latino); Libros franceses (en francés); Libros griegos; Libros latinos; Libros italianos; Libros extranjeros; Cartas geográficas; Música; Grabado; Estampas; Variedades (esta sección comprende «la venta de librerías particulares, el traspaso de las obras de unos puntos a otros, la variación de títulos que puedan acontecer en los periódicos u obras, el establecimiento de nuevas imprentas y despachos de libros, los periódicos que cesen, …»; Avisos. Sólo aparecen en todos los boletines las secciones de libros españoles, suscripciones y libros franceses, el resto lo hacen esporádicamente. Contenido: Un total de 362 títulos numerados correlativamente desde el primer boletín hasta el último. La sección de «Libros españoles» engloba tanto los que son escritos por autores españoles como las traducciones de obras de autores extranjeros. Los artículos de libros extranjeros proceden en la mayoría de los casos de periódicos extranjeros, como se desprende del párrafo 2.º de la nota que aparece en el primer boletín: «Los periódicos de librería extranjera carecen muchos de sus artículos de todas las particularidades expresadas en nuestro prospecto, por cuya causa no son tan extensivas las noticias en la parte extranjera como en la española.» Registros bibliográficos: Título, autor, año, librerías donde se vende la obra, pero no en todos los casos. Ocasionalmente se cita la ciudad de impresión, si es primera edición u otros detalles particulares. El precio en las suscripciones. Objetivos: «Periódico puramente instructivo» dicen los editores en una nota al final del primer número. «Cuanto pueda contribuir en cualquiera manera a la más perfecta instrucción tanto de los literatos como de los comerciantes de libros.» |
Artículo publicado en AABADOM, publicación trimestral de la Asociación Asturiana de Bibliotecarios, Archiveros, Documentalistas y Museólogos. Año XII, número 2/2, junio/diciembre 2001, pp. 18 a 25.
[i] Fernández Sánchez, José, Historia de la Bibliografía en España, Madrid, Ediciones del Museo Universal, 1987, p. 184.
[ii] Alentado por este olvido, Juan Santana publicó un artículo dedicado a su figura: Librero, víctima de represalias políticas: Antonio Miyar. Separata de la Revista de VALDEDIÓS, pp. 77-88. Oviedo, 1969.
[iii] Peláez González, Ana, “Antonio Miyar, el librero de Corao”, en Actas del Primer Congreso de Bibliografía Asturiana, Oviedo, Servicio de Publicaciones del Principado de Asturias, 1992, pp. 375-380.
[iv] Pan y toros, oración que en defensa del estado floreciente de la España dijo por los años de 1796 en la plaza de los toros de Madrid don Gaspar Melchor de Jovellanos, Madrid, 1812. Se publicaría además en otras siete ciudades españolas y en las plazas americanas de Lima y México.
[v] Bibliografía Nacional y Estrangera o Periódico General de Imprenta y Librería, Madrid, Cruz y Miyar, 1821. De este periódico de librería se conserva la colección completa en la Biblioteca Nacional, gracias a la cual hemos podido escribir este artículo. A fin de evitar la proliferación de notas, los textos extraídos de esta Bibliografía se transcribirán acompañados del número de página correspondiente.
[vi] Rodríguez Moñino, Antonio, Historia de los Catálogos de Librería Españoles (1661-1840): Estudio bibliográfico. Madrid, 1966, 2ª ed., p. 82.
[vii] Balsamo, Luigi, La bibliografía. Historia de una tradición, Gijón, Ediciones Trea S. L., 1998, pp. 100-101.
[viii] Fernández Sánchez, op. cit., p. 183.
[ix] Balsamo, op. cit., pp. 11 y 12.
[x] Vattel, Emer de, El derecho de gentes ó Principios de la ley natural aplicados a la conducta, y a los negocios de las naciones y de los soberanos… / tr. M. P. Hernández, Madrid, 1820. Burlamaqui, Jean Jacques, Elementos del derecho natural / por Burlamaqui; traducidos del latín al francés por Barbeyrac, y al castellano por D. M. B. García Suelto. Madrid, imprenta de la Minerva Española, 1820.
[xi] Artola Gallego, Miguel, La España de Fernando VII, Madrid, Espasa Calpe, 1999, p. 329.
[xii] Íd., p. 609.
[xiii] Gerona, [s. n.], 1821 (Antonio Oliva). Reimpresión de la edición de Madrid, 1765.
[xiv] Rodríguez Moñino, op. cit., p. 88.